Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1702/2014
Fecha: 01-Sep-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, estima como vulnerados sus derechos al debido proceso, “el acceso a una justicia pronta y oportuna sin dilaciones”, y a la libertad, por cuanto pese a haber interpuesto en forma oportuna recurso de apelación contra la resolución que resolvió las medidas cautelares en su contra, la autoridad demandada aun no remitió hasta la fecha de la interposición de la presente acción de libertad, la apelación incidental interpuesta.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR