SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1906/2014
Fecha: 25-Sep-2014
1)
La Directora Nacional Administrativa del Comando General de la Policía Boliviana, a través de sus representantes, presentó informe escrito que cursa de fs. 199 a 200, señalando que: 1) Una vez recibida por la parte accionante, la solicitud de pronunciamiento oficial del Bono al cargo; la Directora Nacional Administrativa expidió el oficio 170/2013, pidiendo al Director Nacional de Personal, la certificación del cumplimiento del art. 133 de la LOPN, para acceder el beneficio del referido Bono; 2) Luego, el 2 de diciembre de 2013, se recibió el informe técnico 241/2013, a través del cual el Administrador del Sistema de Personal, hizo conocer que los Coroneles José Osvaldo Cabrera Ferrufino, Néstor Víctor Sanjinés Larrea, Dennis Salomón Duchén Martínez, Roberto Torres Pérez, Edwin Ponciano Durán Velasco, Roberto Ledezma Salinas y José Primitivo Lanchipa Ponce, no cumplen con el art. 133 de la LOPN; y 3) Con ese antecedente, la Unidad Legal de la Dirección Nacional Administrativa, realizó el análisis de la solicitud presentada por la parte accionante, expidiendo a su vez el informe jurídico 1599/2013, que estableció la inviabilidad de la asignación del Bono al cargo a los Coroneles mencionados. Tanto el informe técnico como el legal fueron puestos en conocimiento de la parte accionante.
Por otro lado, se manifestó que los accionantes debe dar cumplimiento a la normativa vigente, aclarando que los Coroneles ya citados, al ser destinados a la letra “C” de disponibilidad, perciben el sueldo íntegro en la partida de salarios de la Policía Boliviana, no desempeñan cargos que les generen responsabilidad hasta acogerse a la renta de jubilación al cumplir los treinta y cinco años de servicio, por lo que no fueron afectados en ningún momento en el sueldo que perciben. Y por último, se tiene demostrado que la demandada, no dispuso en forma arbitraria la suspensión del Bono al cargo, ni vulneró el derecho a la petición, ni a la justa remuneración, como afirman los accionantes.