SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1920/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1920/2014

Fecha: 25-Sep-2014

la parte procesal que se considere agraviada con los resultados de la apreciación efectuada dentro de un proceso judicial o administrativo, debe invocar la lesión a sus derechos fundamentales y

Ahora bien, esta jurisdicción constitucional ha sido constante en exponer que para que el Tribunal Constitucional Plurinacional pueda ingresar al análisis de la valoración de la prueba, la ya citada SC 0965/2006-R, estableció que la parte procesal que se considere agraviada con los resultados de la apreciación efectuada dentro de un proceso judicial o administrativo, debe invocar la lesión a sus derechos fundamentales y expresar: 'Por una parte, qué pruebas (señalando concretamente) fueron valoradas apartándose de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir; o, cuáles no fueron recibidas, o habiéndolo sido, no fueron producidas o compulsadas (…).