Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2015-S3
Fecha: 15-Ene-2015
Fragmento 10
El accionante a través de su representante denuncia que después de haberse dispuesto su detención preventiva el 19 de marzo de 2011, el Fiscal de Materia a cargo de la investigación de su caso -codemandado en la presente acción- no presentó acusación fiscal dentro de los seis meses que exige el procedimiento penal, y que la Jueza -hoy demandada- tampoco conminó dicho pronunciamiento, además de que el cuaderno procesal correspondiente a su caso no se encuentra físicamente en el despacho judicial a cargo de dicha juzgadora, circunstancia que limita su derecho a la defensa. En virtud a tales denuncias, solicita se disponga su libertad inmediata.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “JUAN CARLOS SUAREZ”
- Fragmento 4
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Idoneidad de los recursos ordinarios previos a la acción de libertad debe observarse en el caso concreto y no de manera teórica
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1º