Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2015-S3
Fecha: 15-Ene-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Habiéndose recuperado satisfactoriamente fue dado de alta -verbalmente-; pero, exigieron el pago por los gastos incurridos en la Clínica y al no poder cancelar, el accionante, fue retenido indebidamente, “…hasta que paguemos o nos comprometamos de alguna forma…” (sic) e incluso “Mi persona ofreció pagarle Bs.- 4.000 de los Bs.- 6.000 que se adeuda, no obstante no me escucharon, pese a que se les rogó y explico las circunstancias del accidente” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.1. Retención de pacientes en recintos hospitalarios
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR