SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2015-S3

Fecha: 15-Ene-2015

III.2. Análisis del caso concreto

La accionante, por intermedio de su representante, alega la lesión de los derechos invocados en la presente acción, puesto que se la hubiese arrestado sin mandamiento de aprehensión, se la tuvo detenida por más de ocho horas e incomunicada por más de cuatro horas. Asimismo, cuando sus abogados pudieron acceder a la FELCC de El Alto y expulsados de dicha oficina, recibieron por parte de los efectivos policiales actos de violencia física y verbal.

Ahora bien, del memorial de interposición de la presente acción así como de lo alegado por la parte accionante en la audiencia pública, se denuncia una presunta aprehensión ilegal, malos tratos y vulneraciones a sus derechos constitucionales; asimismo, de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia que se inició un proceso penal contra la accionante el cual cuenta con control jurisdiccional (Conclusión II.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional).

En ese sentido, la accionante previamente a la interposición de la acción de libertad, debía dirigirse a la autoridad judicial a cargo de ejercer el control jurisdiccional, ante quien debía denunciar los hechos alegados como vulneratorios de sus derechos en la presente acción tutelar; sin embargo, acudió directamente ante la justicia constitucional en búsqueda de tutela, lo que impide a este Tribunal Constitucional Plurinacional, resolver el fondo de la problemática planteada; por lo que corresponde denegar la tutela, con la aclaración de no haberse ingresado a resolver el fondo de la problemática venida en revisión.