SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2015-S3

Fecha: 30-Ene-2015

II.6.

II.6.  Dentro de la acción de libertad planteada por Noel Arturo Vaca López contra Enrique Morales Díaz, Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz y “Verónica Victoria Viscarra Angulo”, Fiscal de Materia, se pronunció la SCP 1049/2013 de 28 de junio, por la cual confirma la denegatoria de la tutela impetrada por subsidiariedad, señalando en su parte resaltante que: “…si el accionante consideró que fue aprehendido ilegalmente por la autoridad fiscal si tener jurisdicción ni competencia, que al momento de prestar su declaración informativa se vulneró el art. 92 del CPP, que fue imputado formalmente por delitos que tienen como pena mínima un año y que no fue remitido dentro del plazo establecido por ley ante la autoridad jurisdiccional competente y que en suma las actuaciones del Ministerio Público fueron ilegales, debió acudir previamente ante el Juez cautelar para restituir sus derechos, lo que equivale decir que el accionante debió agotar todos los mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para que su derecho a la libertad de locomoción, les sean restituidos (…)

(…) si bien no se llevó a cabo la mencionada audiencia cautelar, fue porque precisamente el ahora accionante en horas de la mañana (…) previo a sustanciarse la señalada audiencia cautelar de detención preventiva, interpuso la presente acción de libertad, aspecto por el cual, formuló recusación contra el Juez ahora demandado, autoridad que al instante de resolver rechazando in límine la recusa planteada, conforme se aprecia por la nota Cite OF 368/2013 de 15 de abril, cursante a fs. 147, remitió antecedentes a conocimiento de la autoridad jurisdiccional titular de la causa, es decir ante el juez Ricardo Maldonado Aliaga…” (fs. 267 a 278).