Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0280/2015-RCA
Fecha: 19-Oct-2015
Fragmento 8
El Tribunal de garantías, declaró por no presentada la acción de amparo constitucional, considerando que el accionante no subsanó las observaciones contenidas en la providencia de 27 de julio de 2015 (fs. 120), determinando que se incumplió con lo previsto en el art. 33.4, 5 y 7 del CPCo, manifestando que: a) La acción resulta confusa y poco congruente; b) No se explicó de manera clara o concreta cómo los demandados vulneraron sus derechos; y, c) No se precisó la relación de causalidad existente entre los hechos invocados y los derechos presuntamente vulnerados por los demandados.