AUTO CONSTITUCIONAL 0282/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0282/2015-RCA

Fecha: 20-Oct-2015

I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

El accionante considera como lesionados sus derechos, al debido proceso en su vertiente a la motivación y fundamentación de las resoluciones, la garantía de la legitima defensa, vinculada a la vulneración del derecho a la justicia, a la impugnación de las resoluciones, a la jerarquía normativa y a la primacía constitucional vinculada al principio pro actione, citando al efecto los arts. 8, 9.4, 13.I y III, 14.III y V, 109.1, 115.I, 119.II, 180.II y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 25 y 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; XVIII Declaración Americana de los Derechos y los Deberes del Hombre; y, 23 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).