Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0958/2015-S2
Fecha: 06-Oct-2015
1)
El abogado de la parte demandada en audiencia, acudiendo a la réplica sostuvo que: 1) Que fue en una reunión ordinaria realizada el 3 de febrero de 2015, donde se redacto la suspensión temporal del Sindicato de la Prensa de Vallegrande que fue recibida por el accionante, que sus defendidos no habrían conculcado ninguno de los derechos del accionante; 2) Que carecerían de legitimación activa los accionados, puesto que habrían hecho a título del Sindicato, por lo que pide se declare improcedente la acción de amparo.
- Acción de Amparo Constitucional
- Fragmento 2
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. Sobre el derecho al debido proceso y sus alcances
- Fragmento 11
- III.3. Análisis del caso concreto
- El Tribunal de Honor: …es un organismo competente, autónomo y permanente para juzgar a los sindicalizados por infracciones…
- CONFIRMAR