SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2015-S1

Fecha: 30-Oct-2015

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 36/2015 de 8 de mayo, cursante de fs. 9 a 10 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) La remisión de obrados, es decir el cuadernillo de apelación ante el Tribunal Departamental de Justicia, es una función o responsabilidad del personal de apoyo jurisdiccional; toda vez que, primero se debe labrar el acta de audiencia y la resolución emitida, por cuanto la misma es dictada oralmente y estas deben ser plasmadas por escrito por el personal subalterno, siendo esa una atribución administrativa; y, 2) Sin embargo como Tribunal de garantías sugiere a la autoridad jurisdiccional, exija a su personal subalterno cumplir a cabalidad con los plazos y términos establecidos por ley dentro de procesos, dando mayor celeridad a los procesos con detenido.