SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1092/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1092/2015-S2

Fecha: 27-Oct-2015

1)

Román Castro Quisbert, Juez Primero de Instrucción en lo Penal de la Capital, mediante escrito cursante de fs. 20 a 21, informó que: 1) Aplicando Procedimiento Abreviando, dictó la Sentencia 595/2014 de 30 de diciembre, declarando a Fernando Maximiliano Cachi Magne, autor de los delitos falsificación y aplicación indebida de marcas y contraseñas y estafa, condenándole a la pena privativa de tres años              de reclusión, a cumplir en el Centro Penitenciario de San Pedro; 2) Razón por la cual, la calidad del accionante es de recluso y no de detenido, por lo que no corresponde la solicitud impetrada de modificación de la medida cautelar de detención preventiva; 3) Interpuesta la apelación por parte de la víctima, mediante decreto de 27 de febrero de 2015, ordenó expresamente que los gastos de fotocopias para remisión de la apelación, sea coadyuvada por las partes, lo que no ocurrió en caso de autos; 4) No existe ninguna Resolución que deje sin efecto la citada Sentencia 595/2014, por lo que dicha decisión tiene la legalidad correspondiente y su cumplimiento no podrá quedar en suspenso indefinidamente, más aún, cuando la mencionada salida alternativa, según la previsión del art. 374. 2 del CPP, es un actuado plenamente voluntario; y, 5) Tampoco resulta evidente que la modificación de la medida cautelar de detención preventiva, impetrada por el accionante, no haya sido pronunciada dentro del plazo de veinticuatro horas, ya que dicho memorial fue presentado el 30 de abril de 2015 y el decretó que emitió data del 4 de mayo del igual año, considerando que el 1 de mayo, era feriado nacional, el 2 y 3 del mismo mes y año, eran los días sábado y domingo; por lo que no lesionó derecho alguno.