SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1115/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1115/2015-S1

Fecha: 05-Nov-2015

III.3. Análisis del caso concreto

Los representantes de la accionante, señalaron que habiendo cumplido con las exigencias Paulina Méndez Avendaño de Tapia, se acogió al beneficio de indulto, a tal efecto, el 9 de junio de 2012, presentó todos los requisitos previstos en el art. 5.II del Decreto Presidencial 2131, a fin de que procedan al llenado del formulario de solicitud, empero, la autoridad demandada no analizó la solicitud ni el cumplimiento de los documentos exigidos por el      art. 4 del mencionado Decreto, tampoco emitió informe y solo mediante una nota hizo conocer a la Directora Distrital SEPDEP, que a la ahora accionante le faltaba legalizar el mandamiento de condena, omisiones que causan perjuicio, porque no puede acceder al indulto oportunamente y beneficiarse obteniendo su libertad.