SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1169/2015- S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1169/2015- S1

Fecha: 16-Nov-2015

denegó

La Sala Social y Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 306/2015 de 30 de junio, cursante de fs. 136 a 142 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) Con relación a la presunta vulneración al debido proceso, la parte accionante citó solo Sentencias Constitucionales que contextualizan tal derecho, sin fundar, ni vincular las mismas con el derecho invocado al caso concreto, existiendo en el memorial de la acción de amparo constitucional tan solo una descripción de los hechos, pero no una adecuada vinculación del derecho citado como vulnerado, con el pronunciamiento presuntamente lesivo al mismo en que se hubiera incurrido; y, b) Asimismo invocaron la violación al debido proceso en su componente de fundamentación, motivación y falta de congruencia, que se tendrían como lesionados, dada la naturaleza tutelar de derechos fundamentales ejercida para verificar si medió la vulneración invocada, pero no corresponde ingresar a la consideración de elementos de hecho, pues, ello supone una labor de la jurisdicción ordinaria; la parte considerativa del Auto Supremo impugnado, así como en la parte argumentativa de la misma, se expusieron las razones referidas en el numeral tres del segundo considerando y la fundamentación correspondiente; es decir, existe en el fallo cuestionado elementos mínimos de razonabilidad y fundamentación, sin que la misma, sea incoherente o impertinente.