SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1196/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1196/2015-S1

Fecha: 16-Nov-2015

sólo cuando la lesión al derecho a la libertad no hubiera sido reparada por dicha autoridad, recién será posible acudir a la jurisdicción constitucional

sólo cuando la lesión al derecho a la libertad no hubiera sido reparada por dicha autoridad, recién será posible acudir a la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad, línea que sigue este Tribunal de manera uniforme en la resolución de temáticas cuyos supuestos fácticos giran en torno a similar problemática” (las negrillas nos pertenecen).