Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1203/2015-S1
Fecha: 16-Nov-2015
a)
La accionante, a través de su representante, ratificó su memorial de acción de libertad y ampliando el mismo manifestó que: a) Presentó dos escritos, haciendo conocer quién sería el nuevo representante legal de ENFE, y hasta la fecha de la interposición de la acción, el Juez demandado no se pronunció; y, b) Se encuentra privada de su libertad, pese a que demostró con prueba documental que ya no es la representante legal de ENFE.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.3. Sobre la inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones en forma simultánea
- no es posible activar simultáneamente dos jurisdicciones, para que ambas al mismo tiempo se pronuncien sobre hechos denunciados como ilegales, pues, esto conllevaría a una disfunción procesal contraria al orden jurídico; con la posibilidad de que existan dos resoluciones paralelas tanto de la justicia ordinaria como de la justicia constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR