SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1214/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1214/2015-S2

Fecha: 12-Nov-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Habiéndose planteado dentro del proceso ordinario de Usucapión seguido por la Brigada Aérea del departamento de Pando seguido contra Edmundo Rodríguez y otros, Recurso de Casación contra el Auto de Vista de 20 de febrero de 2015 dictado por la Sala Civil, Social, Familiar de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando. De una revisión de los antecedentes del proceso, se evidencia que no se notificó a la parte recurrente con el auto de concesión del recurso, aspecto que se hizo notar el 27 de abril de 2015, interponiéndose incidente de nulidad por falta de notificación, existiendo informe de la Oficial de Diligencias de 7 de mayo de 2015, en el que reconoció haberse omitido la notificación formal con el Auto de 24 de marzo de 2015, no obstante de haberse explicado en forma verbal sobre los pormenores de la provisión de recaudos y que con esa explicación se hubiera cumplido con la notificación verbal de la resolución extrañada e incidentada, asumiendo haberse tenido conocimiento del auto de concesión.

Por tal razón y habiéndose omitido dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 76 de la Ley 439, la Sala Civil, Social, Familiar de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante Auto de Vista de 11 de mayo            de 2015, rechazó el incidente y declaró ejecutoriado el Auto de Vista 31 de 20 de febrero de 2015, omitiéndose lo dispuesto por los arts. 76 y 85 de la Ley 439, habiéndose generado por tal omisión restricción a su derecho a la defensa.