AUTO CONSTITUCIONAL 0352/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0352/2015-RCA

Fecha: 24-Dic-2015

I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción

Por memorial presentado el 11 de noviembre de 2015, cursante de fs. 18 a 20, el accionante, refirió que Zenón Marín Mollo, en calidad de propietario de un lote de terreno sub-urbano ubicado en la zona Magalito “El Rodeo” de la ciudad de Trinidad del departamento de Beni que consta de una superficie de 1 108 300 m2, inscrito en Derechos Reales (DD.RR.), bajo la matrícula de folio real 8.01.1.01.0000567 de 22 de agosto de 2001, asiento A-1, inició el trámite de aprobación de proyecto    de urbanización denominado “Villa Marín”.

Asimismo, el mencionado propietario suscribió compromisos de venta y transferencia de lotes de terrenos, entre los cuales se encuentran su esposa, Roxana Quispe Choquehuanca, y su persona, en razón aque el 24 de junio de 2015, adquirieron el lote de terreno signado con el número 7, manzano A-1, que mide 450 m2; en el cual levantaron un cerco perimetral con “chuchíos” y construyeron una pequeña vivienda.

Sin embargo, el 23 de octubre de 2015, en horas de la noche, la demandada alegando ser legítima propietaria del citado lote de terreno, ingresó a su domicilio de manera violenta, y con ayuda de vecinos, destruyó el cerco de chuchió y destechó su vivienda; hechos a los que no pudo oponerse, en razón a la cantidad de personas que participaron en el despojo.