Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0359/2015-RCA
Fecha: 30-Dic-2015
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a una justicia pronta, oportuna, transparente y sin dilaciones, a la norma más favorable, a la propiedad y al trabajo, citando al efecto los arts. 8.II; 14.I y II; 46, 56, 108, 115, 116, 117, 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE).