AUTO CONSTITUCIONAL 0361/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0361/2015-RCA

Fecha: 30-Dic-2015

I.

Indicó que pese a solicitar  insistentemente la rehabilitación de su renta al SENASIR no respondió a su petición, por no haberse aperturado un proceso administrativo en la Comisión de Calificación, conforme al manual de Rentas en curso de pago y adquisición de la extinta Dirección de Pensiones -ahora SENASIR-; por lo que, no procedería los recursos pertinentes; es más, SENASIR a través de la “…negativa de 21 de mayo de 2015…” (sic), no resolvió adecuadamente su trámite, estando por lo tanto dentro del plazo para interponer su acción de amparo constitucional.

Refirió que, el Tribunal de garantías no observó adecuadamente ni resolvió con argumentos claros y precisos la improcedencia emitida, ocasionando un daño a la seguridad jurídica y favoreciendo al SENASIR que vulnero sus derechos. Pidiendo se remita a la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional para que se admita su acción y se señale audiencia.