AUTO CONSTITUCIONAL 0418/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0418/2015-CA

Fecha: 04-Dic-2015

I.1. Síntesis de la solicitud de parte


Por memorial presentado el 28 de junio de 2013, cursante de fs. 47 a 55 vta., la accionante manifestó que el proceso de conocimiento ordinario de declaración judicial de nulidad de documento seguido por su persona contra Alberto Esteban Álvarez Vides y otros, se encuentra en fase de apelación de sentencia interpuesta por el referido demandado, trámite que durante años se encuentra paralizado por su inactividad, únicamente con el fin de dilatar el proceso y sin tener la mínima voluntad de activar el recurso de apelación, aprovechando la ambigüedad del art. 219 del CPC; por lo que, demanda su inconstitucionalidad, bajo el fundamento que dicha norma no determina el plazo perentorio de un trámite de recurso de apelación que permanece de forma indefinida en el tiempo, provocando inseguridad jurídica y afectando a sus derechos, como ser el debido proceso, a la defensa y a la igualdad de oportunidades.

Igualmente, argumentó que dicho precepto legal debe encontrarse acorde a la Constitución Política del Estado y las leyes superiores en jerarquía, invocando para ello el art. 410 de la CPE, y sosteniendo que se respete la supremacía de la Ley Fundamental, haciendo una ponderación al contenido y alcances a la luz de los arts. 13, 109, 178 y 180 del texto constitucional.