AUTO CONSTITUCIONAL 0434/2015-CA
Fecha: 21-Dic-2015
Director Ejecutivo General a.i. de la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT)
En consulta la Resolución AGIT-RAIC/0006/2015 de 3 de diciembre, cursante de fs. 14 a 18, pronunciada por el Director Ejecutivo General a.i. de la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT) que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por René Oscar Martínez Callahuanca, demandando la inconstitucionalidad del art. 60 del Código Tributario Boliviano (CTB) y la Disposición Adicional Sexta de la Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE-2012) -Ley 291 de 22 de septiembre de 2012-, que modifica el art. 60.I del CTB, por ser presuntamente contrarios a los arts. 115, 116 y 120 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Director Ejecutivo General a.i. de la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT)
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR