Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0444/2015-CA
Fecha: 29-Dic-2015
ADMITIR
1. ADMITIR la acción de inconstitucionalidad abstracta formulada por Rolando Villena Villegas, Defensor del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia, demandando la inconstitucionalidad de la palabra “continuo”, contenida en los artículos segundo, sexto y octavo; y, el término “discontinua” del artículo cuarto, de la Resolución Bi Ministerial 271 de 23 de diciembre de 2004; por ser presuntamente contrarios con los arts. 14, 45, 109.II y 410 de la CPE; 24, 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 9 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador”; en consecuencia,