AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015-O

Fecha: 14-Dic-2015

procedente

La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 104/2014 de 29 de abril, declaró procedente y a su favor la acción de  amparo constitucional, resolviendo que los ocupantes del terreno desocupen el mismo en el plazo fatal de veinticuatro horas y en caso de incumplimiento, se libre el mandamiento de desapoderamiento con auxilio de la fuerza pública.

Enviada en revisión al Tribunal Constitucional Plurinacional la indicada resolución, éste pronunció la SCP 0219/2014-S2 que resolvió revocar la Resolución 104/2014  y denegar la tutela solicitada; dejando sin efecto el mandamiento de desapoderamiento emitido por el Tribunal de garantías, en virtud a que correspondía que las autoridades jurisdiccionales ordinarias diluciden a quien corresponde el mejor derecho; y asimismo, en función a los antecedentes presentados dispuso que por Secretaría General del Tribunal Constitucional Plurinacional se remitan antecedentes al Ministerio Público, a objeto de la investigación de la denuncia de fraude procesal -no obstante de lo cual- en ninguna de sus partes considerativa ni resolutiva ordenó que el Tribunal de garantías disponga que se libre nuevo mandamiento de desapoderamiento de los predios que adquirió y que posee en ejercicio de su derecho propietario; como efectivamente hicieron los Vocales de la citada Sala el 5 de marzo de 2015, a petición de los terceros interesados.