SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1216/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1216/2015-S1

Fecha: 07-Dic-2015

denegó

La Sala Civil, Comercial y Familiar y de la Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 49/2015 de 20 de julio, cursante de fs. 387 a 389 vta., denegó la tutela solicitada de acuerdo a los siguientes fundamentos: 1) Se pretendió una nueva valoración de la prueba; sin embargo, no existió indefensión material ya que toda la prueba presentada fue debidamente leída y valorada por los Magistrados demandados; 2) Las pruebas objetadas u observadas, fueron analizadas concordantemente con las causales de nulidad incoadas en la demanda por lo que no hubo vulneración a derecho constitucional alguno; 3) En el entendido de que el Tribunal de garantías no puede constituirse en una cuarta instancia ordinaria, no se puede forzar una revalorización de la prueba ni nueva interpretación de la norma sustantiva o adjetiva por lo que consecuentemente tampoco se puede pedir la estimación o desestimación de una demanda, una reconvención o una impugnación; y, 4) Finalmente se tiene que el accionante no planteó sus observaciones en la etapa previa al proceso de fue la de saneamiento interno donde pudo haber reclamado el derecho posesorio del predio objeto de la demanda de invalidez, así como otros aspectos de orden procesal que debieron ser reclamados en su momento.