SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1233/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1233/2015-S1

Fecha: 07-Dic-2015

concedió

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 29 de 20 de mayo de 2015, cursante de fs. 59 a 62, concedió la tutela solicitada respecto al derecho a la inamovilidad laboral por ser la accionante madre de un menor de ocho meses y denegó respecto a la tácita reconducción del contrato de trabajo, disponiendo que el demandado restituya inmediatamente a la accionante a la fuente laboral que ocupaba en el momento de su despido, más el pago de sueldos devengados a la fecha de la Resolución y todos los derechos sociales, sin costas por ser excusable; bajo los siguientes argumentos: i) La accionante demostró que en el momento de ser despedida era madre de un menor, nacido el 15 de abril de 2014, coligiéndose de ello, la lesión al derecho a la inamovilidad como madre progenitora; ii) Con relación a su despido ilegal, la reconducción a su contrato y su condición de madre de un menor de edad, debe ser denunciado a la Dirección Departamental del Trabajo, pues no opera de forma “Ipso Facto” (sic), cosa que la accionante no cumplió, por lo que no se otorgó ninguna conminatoria de carácter obligatorio para la reincorporación de la referida, más pago de salarios devengados. Aclarando que el pago de sueldos y derechos señalados deben efectuarse desde la fecha del despido injustificado hasta la fecha de la decisión.