Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1237/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
concedió
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 22 de julio de 2015, cursante de fs. 38 a 40, concedió la tutela solicitada, ordenando al Juez demandado que, en el día disponga la ejecución del mandamiento de libertad a través de los funcionarios correspondientes, bajo los siguientes fundamentos: 1) El Juez demandado, erróneamente puso en conocimiento del Juez de Ejecución Penal el mandamiento de libertad emitido por la misma autoridad, pese a tener la obligación y atribución de ejecutar tal beneficio; y, 2) La ejecución del mandamiento de libertad le correspondía al Juez demandado y no al de Ejecución Penal.
- acción de libertad
- I.1. Contenido de la demanda
- a)
- concedió
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR