SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1354/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1354/2015-S2

Fecha: 16-Dic-2015

I.2.2. Informe del demandado

Juan Carlos Tapia Terán, Encargado de Recursos Humanos del Consejo de la Magistratura de Potosí, en audiencia, indicó que no cuenta con un abogado defensor, pues él no es abogado sino contador público autorizado de profesión por lo cual, manifestó que el accionante presentó otra acción de amparo constitucional, donde se le concedió la tutela, habiendo ya cumplido las instancias administrativas. Asimismo, demostró la respuesta a la primera nota de 11 de marzo de 2015, mencionando que le correspondía recurrir a la Dirección Nacional del Consejo de la Magistratura con sede en la ciudad de Sucre, porque de allá remitieron su memorándum original y respecto a la certificación solicitada, no pudo cumplir porque las planillas de registro no son registros oficiales.