Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1436/2015-S2
Fecha: 23-Dic-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante, a través de sus abogados ratificó el contenido íntegro de su demanda, argumentando que el Fiscal de Materia demandado, desarrolló sus funciones más allá de lo previsible, alegando la legalidad de su comercio y de los productos secuestrados que no son de peligrosidad y contaban con la documentación respaldatoria lícita, por lo que impetró se declare a su producto como no susceptible de gravamen.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- no lo aprehendía en ese momento por falta de tiempo
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 6
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.2 La acción de libertad solo se activa cuando el hecho denunciado está vinculado al derecho a la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo