SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1454/2015-S2
Fecha: 23-Dic-2015
concedió
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 20 de agosto de 2015, cursante de fs. 58 a 61, concedió la tutela solicitada y ordenó de forma inmediata se restituyan las llaves y los candados, tanto de la habitación como de los accesos comunes a los ambientes correspondientes para realizar sus actividades laborales, así también se abstengan de cualquier afectación psicológica o emocional para el accionante y en términos generales la convivencia pacífica y el respeto a la dignidad humana de todos los habitantes del edificio San Rafael, debiendo cualquier desavenencia ser formuladas y dilucidadas ante las autoridades competentes, decisión asumida con los siguientes argumentos: 1) El demandado identificado como Félix Alberto Arnez Rojas, fue quien de manera directa amenazó respecto a su vida, estabilidad laboral y emocional del accionante conjuntamente con Nancy Zoraida Arnez Rojas y Sheila Esther Cáceres Ávila, las dos últimas respecto a las medidas de hecho de haber quitado las llaves y cambiado los candados, impidiéndole el acceso al accionante para que realice su actividad laboral; en las vías de hecho conforme se tiene explicado, no corresponde el agotamiento de las instancias ordinarias establecidas en la Constitución y la ley; y, 2) La legitimación pasiva que en ese caso se encuentra identificado como la persona que juntamente a Nancy Zoraida Arnez Rojas habrían retenido las llaves que en su momento impidieron el ingreso a la habitación de Ancelmo Cerezo López.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo