SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1454/2015-S2
Fecha: 23-Dic-2015
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Rodrigo Torrico Vocal, como vecino del edificio San Rafael, señaló ser consciente de lo que pasa todos los días en el edificio; los demandados amenazan al conserje, y es cierto lo que dice en la demanda, evidentemente se le devolvió las llaves una semana después, por otra parte se procedió a cerrar el tanque de agua de los baños del área común y otros lugares, además de constatarse abuso por parte de José Ángel Arnez Rojas, esposo de Sheila Esther Cáceres Ávila, lo único que pide es garantía para vivir en armonía en el edificio ya que las llaves de las que se habla son del acceso del agua de la entrada principal de otros medidores, además que José Ángel Arnez Rojas anda diciendo que va a meter veneno al agua y un montón de cosas más, reitera solicitud de garantías para que no se cierre el ascensor y otras áreas, aduce que todos los días reciben agresiones psicológicas del sujeto antes referido y como vecinos tienen videos de lo sucedido.
Betty Vásquez, acotando a lo manifestado, refiere que hace veintiún días aproximadamente, Sheila Esther Cáceres Ávila, sin motivo alguno agredió a su hija y a su vez todos los días a los inquilinos, por lo que firmaron para venir a este acto, agrega que el esposo de la prenombrada nunca pagó las expensas.
Antonio Tanconi, aclaró que las agresiones psicológicas, se realizan contra Ancelmo Cerezo López por parte de los demandados y en muchas ocasiones el esposo de Sheila Esther Cáceres Ávila le agredió no solo psicológicamente si no también físicamente y es por eso que José Ángel Arnez Rojas, no está en este documento pues tiene otro proceso; agrega que su hermano Félix agredió psicológicamente al accionante e incluso lo llamó a su departamento en compañía del primero de los nombrados para arreglar una situación y en el momento que estuvieron arriba lo agredieron físicamente, Félix Alberto Arnez Rojas es testigo y cómplice por que no hizo nada para evitarlo, además que al accionante lo tratan de indio y no se puede vivir en armonía además que hay niños en el edificio.
Claudia Villarroel, que también vive en el edificio, señaló que al día siguiente que llegó la citación, Sheila Esther Cáceres Ávila le dijo que no deben meterse los inquilinos, anticresistas ni hijos, porque les van a meter en la cárcel, considera que si tratan mal a una persona están para defender, agregó que ya le puso las manos encima y tiene como testigo al abogado del accionante.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo