SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1470/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1470/2015-S2

Fecha: 23-Dic-2015

denegó

La Jueza Primera Liquidadora y de Sentencia Penal de Sacaba del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 10 de septiembre de 2015, cursante de fs. 108 a 111 vta., denegó la tutela impetrada, decisión asumida con base en los argumentos que se describen a continuación: 1) El art. 125 de la CPE y los arts. 46 y 47 del Código Procesal Constitucional (CPCo) en relación a la acción de libertad señala que ésta tiene por objeto garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad personal y libertad de circulación de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física están en peligro; 2) En el presente caso los accionantes señalan que el hecho de que la demandada colocara contenedores al frente de su domicilio impidiéndoles el paso, pone en riesgo su integridad física y la salud de uno de ellos, lo que no constituye un peligro para la vida de Robustiano Miranda Rodríguez, ya que del mismo certificado médico presentado al efecto, éste debe guardar reposo absoluto, lo que no tiene relación con los hechos denunciados; y, 3) Respecto de la libertad de locomoción ni la Constitución Política del Estado, ni el Código Procesal Constitucional lo contemplan dentro del ámbito de protección de la acción de libertad, tampoco ha sido desarrollado por el Tribunal Constitucional la procedencia de la acción de libertad para garantizar el derecho a la libertad de locomoción, en ese contexto la denuncia formulada por los accionantes no corresponde al ámbito de protección de la acción de libertad sino que conforme se tiene de los mismos informes de los técnicos del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba de 6 de julio de 2015, los accionantes deberían exigir el cumplimiento de las conclusiones y recomendaciones efectuadas en dicho informe y en su caso iniciar la acción de amparo.