SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1470/2015-S2
Fecha: 23-Dic-2015
II.1.
II.1. Los accionantes con el propósito de sustentar su demanda presentaron entre la documentación más relevante que hace a su pretensión la RA 185/2005 de 16 de marzo, emitida por el Municipio de Sacaba, en la que se aprobó el plano de regularización de lote solicitado por Maria Heredia Claros, ubicado en el Distrito de Sacaba, Zona Chimboco, Avenida Circunvalación (fs. 1). Testimonio 0531/2005 de cesión gratuita de terreno otorgado por Maria Heredia Claros en favor de la Alcaldía Municipal de Sacaba, de 3 de mayo, en una superficie de 77.64 m2 conjuntamente el plano de regularización sobre dicha afectación (fs. 2 a 11). Testimonio 905/2005 de compraventa de un lote de terreno ubicado en Chimboco, Sacaba, provincia Chapare del departamento de Cochabamba, otorgado por Maria Heredia Claros en favor de German Olivera Vargas y Olimpia Miranda de Olivera, de 29 de agosto de 2005, con folio real 3.10.1.01.0004564 (fs. 12 a 14). Informe Técnico 015/2015 de 25 de marzo, sobre solicitud de inspección técnica de Olimpia Miranda de Olivera, en el que recomienda que el Ejecutivo Municipal instruya al departamento de Tráfico y Vialidad dar un lapso de tiempo al dueño de los contenedores para su retiro, debido a que la propietaria de los mismos no presentó derecho propietario hasta esa fecha, dejando expedita la vía pública (fs. 16 22). Certificado médico de Robustiano Miranda Rodríguez de 3 de septiembre de 2015 (fs. 27). Notificación a Luisa Terrazas Encinas de 6 de julio de 2015, para que retire voluntariamente los contenedores que se encuentran en vía pública en el plazo de cinco días de su notificación, con la advertencia de que en su caso se procederá a dicho retiro incluso con el uso de la fuerza pública (fs. 28). Acompañan igualmente el muestrario fotográfico del lugar objeto de conflicto (fs. 30 a 39).