AUTO CONSTITUCIONAL 0030/2015-RCA
Fecha: 06-Feb-2015
En cumplimiento y ejecución de la presente Resolución el Ministerio de Defensa Nacional a través de la Dirección General de Bienes, Patrimonio e Infraestructura emitirá los instrumentos legales correspondientes que acrediten la transferencia y propiedad del bien inmueble
Refieren que, en la acción presentada no se pretende la tutela de un derecho, sino el cumplimiento de una norma; es decir, la RM 0731, que en su punto quinto dispone: “En cumplimiento y ejecución de la presente Resolución el Ministerio de Defensa Nacional a través de la Dirección General de Bienes, Patrimonio e Infraestructura emitirá los instrumentos legales correspondientes que acrediten la transferencia y propiedad del bien inmueble” (sic), siendo el protocolo uno de ellos, que no puede ser firmado más que por el titular del Ministerio de Defensa del Estado Plurinacional de Bolivia, estando claro el cumplimiento del requisito de procedibilidad de la acción de cumplimiento, respecto a su objeto. Por otra parte, en ningún momento se argumentó la violación a derechos y garantías; por el contrario, se denunció el incumplimiento a una ley en sentido material.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Disposición supuestamente incumplida
- I.4. Petitorio
- improcedente
- En cumplimiento y ejecución de la presente Resolución el Ministerio de Defensa Nacional a través de la Dirección General de Bienes, Patrimonio e Infraestructura emitirá los instrumentos legales correspondientes que acrediten la transferencia y propiedad del bien inmueble
- improcedencia
- CONFIRMAR