AUTO CONSTITUCIONAL 0030/2015-RCA
Fecha: 06-Feb-2015
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 29 de diciembre de 2014, cursante de fs. 38 a 43 vta., los accionantes indican ser causahabientes de Ernesto Luis Montaño Araoz, quien en vida como miembro de las Fuerzas Armadas (FFAA) adquirió el derecho propietario de un lote de terreno signado con el número 11, de 190 m2 ubicado en la zona ciudad Satélite en el municipio de Potosí, a título oneroso previa cancelación de una suma de dinero a favor de las FFAA, en virtud de la Resolución Ministerial (RM) 0731 de 9 de julio de 2002, en la que se consignó como beneficiario.
Señalan que, a causa del fallecimiento de su cesionario, los trámites de perfeccionamiento del derecho propietario quedaron suspendidos por las FFAA; por lo que, se apersonaron ante dicha instancia en reiteradas oportunidades sin que su solicitud sea atendida; sin embargo, a pesar del silencio de los titulares del Ministerio de Defensa, averiguaron que el trámite de protocolización se encontraba en la Prefectura -hoy Gobernación- del departamento de La Paz y que solamente faltaba la firma del Ministro de Defensa, para concluir con el procedimiento de transferencia ante la Notaria de Gobierno, donde se encontraba preparado el protocolo notarial 119 de 4 de marzo de 2009.
Refieren que, el 19 de junio de 2009, Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa, emitió una nota haciéndoles saber que no era posible suscribir la minuta de transferencia, ante la inexistencia de una ley que respalde dicha actuación de la administración; puesto que según la Constitución Política del Estado promulgada el 7 de febrero de 2009, debería ser la Asamblea Legislativa Plurinacional quien autorice la transferencia de dicho terreno.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Disposición supuestamente incumplida
- I.4. Petitorio
- improcedente
- En cumplimiento y ejecución de la presente Resolución el Ministerio de Defensa Nacional a través de la Dirección General de Bienes, Patrimonio e Infraestructura emitirá los instrumentos legales correspondientes que acrediten la transferencia y propiedad del bien inmueble
- improcedencia
- CONFIRMAR