Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2015-RCA
Fecha: 13-Feb-2015
a)
Solicita que, la acción de amparo constitucional se declare procedente y se dispongan las siguientes medidas: a) Cancelación inmediata de sus haberes adeudados y beneficios sociales, computables desde el 10 de abril de 2012 hasta el 3 de septiembre de 2014; b) Se revoque la RA 041/2012, emitida por el Tribunal Disciplinario Departamental de la Policía Boliviana de Cochabamba y la Resolución 004/20124, pronunciada por el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana; y, c) Sea restituido y/o reincorporado a las listas y filas de institución policial, sin pérdida de grado de antigüedad y rango, más el pago de daños y perjuicios.
- Fragmento 1
- la baja definitiva de la Institución Policial sin derecho a reincorporación
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- II.2. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisión