AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2014-CA

Fecha: 04-Feb-2015

II.3. Análisis del caso concreto

El accionante refiere que dentro del proceso de asistencia familiar tramitado en su contra por Wilma Nancy Campos Arze, ante el Juzgado Cuarto de Instrucción de Familia del departamento de Santa Cruz, se emitió mandamiento de apremio, entendiendo que el art. 180 de la CPE, estableció la verdad material “…en la que se desenvuelve la causa de marras, resultando óbice para la objeción de la constitucionalidad del art. 149 del Código de Familia…” (sic), debido a que la instancia de conocimiento está supeditada a una verdad material.