AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0048/2014-CA

Fecha: 04-Feb-2015

procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes

De igual forma, el art. 73.2 del citado Código, establece que la acción de inconstitucionalidad concreta “…procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas nos corresponden).