AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2015-CA
Fecha: 10-Feb-2015
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 24 de diciembre de 2014, cursante de fs. 2 a 4 vta., la accionante dentro del proceso penal seguido en su contra por Marcelo Canseco Fuentes, Director Legal General representante legal de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), interpuso la presente acción demandando la inconstitucionalidad de los arts. 320 y 321 del CPP, modificado por el art. 8 de la “Ley 334” (sic).
Sostiene que los artículos impugnados son contrarios a la Ley Fundamental, al señalar que toda persona tiene derecho a ser oída por una autoridad jurisdiccional competente independiente e imparcial; sin embargo, existe la posibilidad que el proceso siga mientras el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, revise y eventualmente acepte la recusación, además que durante dicho lapso el juez cuestionado, determine resoluciones aun con la imparcialidad cuestionada.
- Jueza Primera de Instrucción Anticorrupción y Violencia contra la Mujer del departamento de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 3
- rechazó
- tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR