AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2015-CA

Fecha: 10-Feb-2015

rechazó

Por Resolución 26/2015 de 21 de enero, cursante de fs. 23 a 24, pronunciada por la Jueza Primera de Instrucción Anticorrupción y Violencia contra la Mujer del departamento de La Paz, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: 1) La accionante en ninguna parte del memorial de la presente acción, explicó en forma clara y precisa en que consiste la inconstitucionalidad demanda o las razones que conducen al cuestionamiento; es decir, no manifestó la forma en la cual esos derechos que invoca como vulnerados fueron quebrantados por las disposiciones legales que considera inconstitucionales, llegando al extremo de referirse a la “Ley 334” que ratifica el Convenio de Reconocimiento de Títulos o Diplomas de Educación Superior entre los países miembros de la Alternativa Boliviana para los Pueblos de Nuestra América; y, 2) Falta de precisión o ausencia de aquello que se conoce como “concepto de violación constitucional” o los motivos de la inconstitucionalidad, también expresados en una ausencia de fundamentación de la pretensión de la impetrante.