Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2015-ECA
Fecha: 26-Feb-2015
SEGUNDO:
SEGUNDO: Se aclare, cómo puede se puede disponer que el Banco de Crédito de Bolivia S.A., emita respuesta formal a una nota del 20 de noviembre de 2013, presentada por el accionante, si el fundamento principal para denegar la acción de amparo, se halla en el hecho de que el señor Urbach, dejó pasar casi 4 años desde la emisión de la Resolución Ministerial Jerárquica ANEFP/VPSF/URJ-SIREFI019/2009 de 04 de diciembre de 2009 y más de 3 años desde la emisión de la Resolución ASFI853/2010 DE 7 de octubre de 2010.