Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2015-ECA
Fecha: 26-Feb-2015
Fragmento 4
En consecuencia, se tiene que la SCP 0022/2015-S2, fue pronunciada en base a un fundamento claro y preciso, cuyo cimiento y sostén fueron desarrollados en los Fundamentos Jurídicos III.2 y III.3 de la misma, no correspondiendo en consecuencia, dar curso a lo previsto por el art. 13 del CPCo, ni complementar o aclarar ningún aspecto, al ser claros y precisos los términos en los que se pronunció la indicada Sentencia.