Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2015-ECA
Fecha: 26-Feb-2015
NO HA LUGAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 13 del Código de Procesal Constitucional, resuelve, declarar: NO HA LUGAR a la petición de aclaración y complementación presentada por el accionante e impetrante.