SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2015-S1

Fecha: 02-Feb-2015

concedió

La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 21 de febrero de 2014, cursante de fs. 140 a 147 vta., concedió la tutela, disponiendo el desalojo de los demandados de los lotes de terreno signados como 35 y 36, en el plazo de veinticuatro horas de su legal notificación, bajo apercibimiento de lanzamiento con el auxilio de la fuerza pública, más el pago de daños y perjuicios averiguables en ejecución del fallo, en mérito a los siguientes fundamentos: a) Mencionando jurisprudencia constitucional y su aplicación relacionada con la protección del derecho a la propiedad ante la existencia de medidas de hecho y los presupuestos que la activan en caso de avasallamiento; y, con la subsidiariedad excepcional cuando existe perjuicio irremediable e irreparable; alegando que la identificación de los avasalladores sea realizada de acuerdo a las posibilidades del accionante; y  señalando que en el presente caso, de los antecedentes y la prueba documental adjuntas, se evidenció, el derecho propietario de la Cooperativa de Enseñanza y Servicios de Cochabamba LTDA. respecto a los mencionados lotes y su inscripción en el Registro de DD.RR.; y, b) La protección y el ejercicio del derecho de propiedad garantizados por el Estado Constitucional de Derecho, fueron desconocidos por René Iver Quenta Peláez, quien junto a un grupo de personas que rehusaron identificarse, ocuparon estos terrenos con fuerza e intimidación, sin presentar documentación alguna que acredite su derecho propietario sobre los mismos.