SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2015-S3
Fecha: 04-Feb-2015
a)
Cosset Estensoro Torricos, Directora General de Migración, Waldo Bernal Salinas, Jefe de Inspectoría y Arraigos, Rosa Mamani Chávez, Jefa Nacional de Arraigos, todos dependientes de la Dirección General de Migración de La Paz, a través de su abogado, en audiencia señalaron que; a) Migración no arraiga de oficio a las personas sino en virtud a una Resolución emanada por un Juez; y, b) De acuerdo al informe de inspectoría de la unidad de arraigos de la Dirección General de Migración, se evidencia que “…cursa un arraigo a nombre del Sr. Luis Patiño, que también se evidencia que Luis Orlando Patiño Ledezma, se ha presentado en las oficinas de migración y que habría también presentado algunos documentos, sin embargo, como esa orden ha sido emitida por una autoridad jurisdiccional, solamente mediante una autoridad competente que emitió el arraigo la Dirección General de Migración, podrá levantar el arraigo…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR