Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0118/2015-S2
Fecha: 23-Feb-2015
II.5.
II.5. La Circular 12/2014 de 30 de mayo de 2014, emitida por la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; que en su artículo tercero punto 3.3.4 dispuso que en el Eje del Valle Bajo, quedaría de turno, el Juzgado de Instrucción Mixto y Cautelar de Colcapirhua del departamento antes indicado, a cargo de Ana María Montecinos, Jueza; además, en el artículo cuarto punto 19, instruyó a los Secretarios y Actuarios la remisión de los casos con detenidos a los Juzgados y Tribunales de turno de acuerdo a la materia (fs. 16 a 18).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.3. Reiteración de jurisprudencia sobre la legitimación pasiva de funcionarios subalternos del Órgano Judicial
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo