SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2015-S3

Fecha: 10-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 3 de febrero de 2014, fue imputado formalmente por los delitos de organización criminal y, tenencia y portación de armas de fuego; en consecuencia, en esa misma fecha se ordenó su detención preventiva mediante auto emitido por Marisol García Salazar, Jueza de Instrucción en lo Penal y liquidadora de Quillacollo del departamento de Cochabamba.

Posteriormente, solicitó cesación a la detención preventiva, la misma que le fue negada pese a que acreditó que tenía familia, domicilio, trabajo, que el arma de fuego encontrada en el motorizado no era de su propiedad y que el quantum de la pena de los delitos que le fueron imputados, no sobrepasaban los tres años; sin embargo, dicha decisión fue confirmada en apelación por las Vocales ahora demandadas, quienes omitieron valorar la prueba presentada, siendo su actuación indebida, por cuanto no concurrieron las condiciones legales para determinar su detención preventiva, ni se motivó sobre la probabilidad de la autoría de los delitos imputados; además refiere que, las Resoluciones impugnadas son incongruentes.