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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2015-S2

    Fecha: 25-Feb-2015

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2. Intervención de las autoridades demandadas
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • denegó
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirven de fundamento
    • En síntesis el elemento factico aludido (conjunto de hechos) y su calificación jurídica (derechos o garantías supuestamente violados), constituye lo que la doctrina denomina genéricamente 'la causa de pedir', causa de pedir que debe ser claramente precisada y delimitado por el
    • 2) el elemento normativo, es decir, los derechos o garantías invocados como lesionados por esos hechos, que deben ser precisados por el recurrente; sin embargo, como en los hechos debe acreditarse el derecho vulnerado, es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía. De ahí que el cumplimiento de esta exigencia no se reduce a enumerar artículos, sino a explicar desde el punto de vista causal, como esos hechos han lesionado el derecho en cuestión.
    • Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados.
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • i)
    • CONFIRMAR

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