Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2015-S2
Fecha: 25-Feb-2015
II.2.
II.2. Mediante Resolución 07/2013 de 16 de abril, la Sala Plena de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz, resolvió la solicitud de la accionante, disponiendo que en cuanto a los recursos de apelación no merecen concesión y en relación a los recursos de casación no ha lugar por haber sido presentado de forma extemporánea (fs. 43 a 52).