Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0190/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
I.2.1. Ratificación de la acción
La accionante ratificó la demanda planteada, agregó que si bien se presentó a la convocatoria, esta fue manejada con intereses, puesto que todos los que se presentaron son invitados y a la única que no designaron fue a ella, sin tener presente que estuvo cuatro años dictando la asignatura; circunstancia por la cual, no acepta la forma que el demandado la discrimina menoscabando su capacidad, pidiendo por lo señalado, se conceda la tutela solicitada.